El sindicato CSIF ha informado este viernes de la primera sentencia en España por la que se reconoce la covid-19 como enfermedad profesional a un administrativo de un centro salud de Talavera de la Reina, un reconocimiento que la ley limita a los trabajadores sanitarios y sociosanitarios que la contraigan en el ejercicio de su profesión.
En rueda de prensa, el sindicato ha celebrado esta sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina como un logro y ha recordado que “desde el minuto uno” ha defendido que el contagio por covid tenía que ser enfermedad profesional para los trabajadores que prestan servicio en centros sanitarios y sociosanitarios “sin excluir a ninguna categoría profesional”.
El sindicato ha recordado que el Gobierno reconoció la contingencia de enfermedad profesional solamente para personal sanitario y sociosanitario, excluyendo al resto de categorías profesionales que trabajan en entornos con riesgo de covid, como los administrativos, el personal de limpieza, mantenimiento o seguridad.
Para estos profesionales, el contagio de covid es un accidente de trabajo, asimilado a enfermedad profesional a efectos solamente de prestaciones, lo que excluye la cobertura de posibles secuelas a largo plazo o indemnizaciones en caso de fallecimiento.
Por su parte, CCOO ha denunciado en un comunicado que solo 1 de cada 150 contagios de covid en profesionales de residencias se declara accidente de trabajo.
De acuerdo con los datos del sindicato, en residencias tan sólo el 0,7 % de los contagios han sido reconocidos como accidentes de trabajo, una tasa que sube el 5,8 % entre los profesionales sanitarios y que desciende al 0,1 % para los servicios de ayuda a domicilio.