sábado, 23 noviembre 2024
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Declarado nulo el despido de veinticuatro empleados de Compo Factory Toledo

El juzgado de lo Social número 1 de Toledo ha declarado nulo el despido de 24 trabajadores de la empresa Compo Factory Toledo, tras la presentación de un ERE en diciembre de 2020 por la empresa, que tendrá que readmitirlos o pagarles una indemnización de 300.000 euros, junto a otras dos empresas asociadas.

Según ha informado este miércoles en una nota de prensa CCOO, la empresa Compo Fáctory Toledo (una subcontrata de Airbus a través del Grupo Aernnova) despidió a estos 24 trabajadores el 23 de diciembre de 2020 mediante la presentación de un ERE que justificó en “causas económicas y de producción”.

Al mismo, tiempo la empresa les advirtió que no podía abonarles las indemnizaciones legalmente previstas por carecer de fondos, ni tampoco las dos mensualidades que les adeudaba en aquel momento, ha indicado Comisiones Obreras.

Asimismo, el sindicato ha explicado que desde abril de 2020 Compo Factory había aplicado a su plantilla sucesivos expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) por la situación generada por la pandemia de covid-19, debido al estado de alarma que fue decretado en marzo y al descenso de pedidos de sus clientes, fundamentalmente ICSA y Aernnova-Illescas.

Más de 300.000 euros

Así lo indica la sentencia, que considera también probado que existe un “grupo de empresas” integrado por la propia Compo Factory Toledo SL, por Hierros Sangarcía SL y por Cerrajería y Estructuras Metálicas Sangarcía SL, de forma que las tres tendrán que responder solidariamente de las cuantías a abonar a los trabajadores, que suman más de 300.000 euros entre finiquitos, salarios impagados e intereses de mora.

El juzgado da a las empresas codemandadas la opción de readmitir a los 24 trabajadores despedidos en sus puestos de trabajo, en las mismas condiciones que regían en el momento de su despido y abonándoles los salario que no habían percibido.

Contra la sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), aunque para poder interponerlo las empresas condenadas deben consignar previamente las cuantías que han de abonar a los trabajadores, ha puntualizado CCOO.

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