El Boletín Oficial del Estado publica hoy la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional en la que estima el recurso presentado por el Gobierno contra la Ley de Castilla-La Mancha 7/2015, de 2 de diciembre, que fija en 35 horas semanales la jornada laboral de los funcionarios al servicio de la administración autonómica.
En dicha sentencia, que se conoció el pasado 30 de septiembre, el Tribunal declara inconstitucional la norma recurrida porque resulta “incompatible” con la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, con la que, en el ejercicio de su competencia exclusiva en materia de legislación laboral (art. 149.1.7 CE) y de regulación básica de los derechos y deberes del personal del sector público (art. 149.1.18 CE), el Estado ha establecido que la duración de la jornada mínima de trabajo de los funcionarios debe ser de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.