viernes, 22 noviembre 2024
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El Constitucional tumba el abuso del PP con el subsidio de mayores de 55 años

Más de cinco años después, el recurso que interpusieron más de cincuenta diputados socialistas contra el endurecimiento por parte del Gobierno Rajoy del cobro del subsidio para mayores de 55 años ha sido tenido en cuenta y tumbado por el Tribunal Constitucional.

El alto tribunal considera, en su sentencia publicada en el BOE el 7 de julio, que es inconstitucional que una persona con esa edad, que ha agotado sus prestaciones y que ha cotizado al menos seis años a lo largo de su vida no pueda cobrar ese subsidio de 430 euros si al tenerse en cuenta las rentas de la unidad familiar, ya sea del cónyuge o de los hijos, éstas, al dividirse por el número de integrantes superaban el 75% del salario mínimo interprofesional.

En el caso de un matrimonio sin hijos el otro cónyuge no podía percibir más de 1.050 euros mensuales.

Así, a partir de ahora y como antes del decreto del Gobierno del Partido Popular de marzo de 2013 las rentas familiares, sean las que sean, no interferirán para que ese trabajador o trabajadora mayor de 55 años, que todavía no puede acceder a una pensión contributiva, deje de percibir esa pequeña ayuda.

Un abuso del PP

El secretario confederal de Seguridad Social de CCOO, Carlos Bravo, ha manifestado que “la sentencia pone en evidencia otra vez el abuso que hizo el Gobierno del PP con este tipo de decretos a la hora de gobernar”.

Bravo recuerda que ese nuevo requisito que por decreto puso en práctica el Gobierno Rajoy perjudicó a las personas que convivían con cónyuges o hijos que cobraran salarios de poco más de mil euros.

Aunque solo afectó a quienes a partir de ese momento querían acceder a la ayuda, supuso un recorte de beneficiarios en un momento en el que el paro golpeaba fuerte al colectivo. Entre 2007 y 2017, el desempleo entre las personas mayores de 55 años creció un 292%, ha desvelado.

Vulneración de derechos individuales

Para la Secretaria de Políticas Sociales de UGT, Mari Carmen Barrera, la sentencia corrobora la denuncia que sostienen desde hace años: que ese tipo de criterios vulneran “el ámbito personal de los derechos individuales, de lo que generas por trabajar”.

Como el cambio de criterio solo afectará a los nuevos beneficiarios que soliciten la ayuda, Barrera insta al Ministerio a negociar algún tipo de reparación para las personas que se quedaron descolgadas y a las que el no acceder a esta ayuda les ha perjudicado, por ejemplo, para el cobro de su pensión.

Y es que las personas a las que en su día se les denegó la ayuda por este nuevo criterio de rentas y que ahora tampoco podrían solicitarla por incumplir otro de los requisitos: proceder de otro subsidio. Aunque ahora se vuelva a aplicar un criterio de rentas personales, estas personas quedarían en un limbo, desenganchadas del sistema de prestaciones.  

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