jueves, 21 noviembre 2024
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica la ley de Bienestar Animal

La ley prohíbe el empleo de animales de fauna silvestre y salvaje en circos.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este lunes la Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales de Castilla-La Mancha, que fue aprobada en el pleno de las Cortes celebrado el 3 de agosto y que entrará en vigor dentro de seis meses.

La ley tiene como finalidad asegurar el bienestar de los animales, proporcionándoles la protección que les corresponde por su condición de seres sintientes evitando las situaciones de crueldad y maltrato, sufrimientos, dolor o angustias innecesarios, abandono, ausencia de auxilio, omisión y dejadez de atención.

Además, se marca como prioridad la defensa de los animales en todas las situaciones que les causen un daño, físico y conductual, así como las que no aseguren un trato adecuado a cada animal.

Entre las prohibiciones generales que incluye esta norma, se encuentra el maltrato, la práctica de mutilaciones con fines exclusivamente estéticos, el sacrificio o matanza de los animales sin reunir las garantías previstas en esta ley, el mantenimiento permanentemente atados o encadenados de los animales y la donación de los animales con fines publicitarios o como premio, recompensa o regalo por otras adquisiciones.

También se prohíbe el empleo de animales de fauna silvestre y salvaje en circos y el uso de animales como reclamo publicitario y en fiestas populares y otras actividades.

Novedades

También, entre las novedades destacables que introduce la norma es que se pretende lograr el sacrificio cero y el establecimiento de la figura de la eutanasia de animales que será siempre prescrita y realizada por un veterinario de manera rápida e indolora.

En materia de identificación animal, con esta nueva regulación existirá un único Registro gestionado por el Consejo de Colegios Profesionales de Veterinarios de Castilla-La Mancha bajo las directrices de la Dirección General de la Consejería con competencias en materia de identificación y registro de animales, al que tendrán acceso las administraciones con competencias en el ámbito de aplicación de esta ley.

Por otra parte, la ley contiene regulación sobre los núcleos zoológicos y normas sobre divulgación, información y educación en materia de protección animal.

Además, se recoge la creación del Consejo Asesor de Bienestar y Protección de los Animales como órgano colegiado de participación, consulta, información y asesoramiento sobre aspectos de interés y relacionados con el bienestar y la protección de los animales.

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