domingo, 24 noviembre 2024
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La Junta recuerda a los consumidores los derechos que les asisten por el temporal

Pone a su disposición una página web con toda la información

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha recordado a los consumidores que les asisten determinados derechos de los que pueden hacer uso, derivados como consecuencia del temporal de nieve y frío provocado por ‘Filomena’.

La Consejería de Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección General de la Agenda 2030 y Consumo, ha recordado que pone a disposición de los consumidores una página web con toda la información que estos necesitan para poder realizar sus reclamaciones, así como los servicios provinciales de Consumo donde pueden dirigirse y realizar cualquier consulta.

Ante la situación provocada por el temporal de nieve ‘Filomena’, la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo ha recordado que en el caso de cancelaciones de vuelos, los pasajeros que se hayan visto afectados tienen derecho a reembolso, en aquellas circunstancias en que el transportista cancela el viaje y han señalado que el ofrecimiento de un bono sustitutivo del importe, no podrá afectar al derecho del viajero a optar por el reembolso, si así lo prefiere.

Cancelación de viajes

En el caso de cancelación de viajes en medios de transporte distintos al avión, han recordado que se recomienda consultar las medidas concretas sobre cambios y anulaciones de billetes sin coste para los viajeros, habilitadas de urgencia por las compañías y publicitadas en su página web.

Cuando el trayecto fuese a realizarse en autobús o autocar y sea el transportista quien cancele el viaje, éste deberá ofrecer igualmente al viajero a escoger entre una alternativa de viaje o el reembolso del importe abonado, que deberá efectuarse en un plazo de 14 días.

También recuerdan que la cancelación de eventos motivados por el temporal, da derecho al reembolso de la totalidad de los pagos que se hubieran realizado, con independencia de derechos adicionales que pudiesen derivarse del contrato.

La solicitud de devoluciones de los importes abonados se debe realizar al proveedor de servicios, a través del que se realizó la compra.

Comercio electrónico

Igualmente informan de que, en el caso de comercio electrónico, en el supuesto de que una persona hubiese suscrito un contrato de adquisición de bienes por vía electrónica, el comerciante debe entregar los bienes sin demora indebida y en un plazo máximo de 30 días, a partir de la celebración del contrato, salvo que se hubiesen acordado otros plazos de entrega.

En caso de que no se hubiera cumplido dicho plazo de entrega con motivo del temporal, la persona consumidora podrá conceder un plazo adicional al comerciante para la entrega de los bienes.

En el supuesto de que los bienes tampoco sean entregados en dicho plazo adicional (independientemente de la causa), tendrá derecho a desistir del contrato.

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