lunes, 25 noviembre 2024
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El TSJCM requiere a las empresas de ambulancias a que den EPI a sus empleados

Ambulancias que prestan sus servicios al Sescam.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha requerido a las empresas concesionarias del transporte sanitario a que doten de equipos de protección individual (EPI) contra la COVID-19 a sus trabajadores, atendiendo una demanda interpuesta por el sindicato USO.

En una nota de prensa, USO ha explicado este martes que el TSJCM ha atendido parcialmente su petición de USO de que se adopten medidas cautelares para dotar de material de protección al personal de las ambulancias, y da a las concesionarias un plazo de 24 horas para hacerlo o en la mayor brevedad posible, ya que el tribunal reconoce que hay falta de oferta en el mercado de este tipo de equipos, ha precisado el sindicato.

USO ha informado que interpuso la demanda contra la Consejería de Sanidad y contra las empresas concesionarias del servicio de ambulancias de Castilla-La Mancha “por la grave situación de falta y escasez de protección de los trabajadores del servicio de ambulancias”.

Asimismo, ha concretado que el TSJCM “ha requerido a las empresas Servicios Sociosanitarios Generales, Digamar Servicios, UTE SSGDigamar, Consorci del Transport Sanitari Regió de Girona, Nuevas Ambulancias Soria, UTE Consorci Del Transport Sanitari Regio Girona y Nuevas Ambulancias Soria UTE Ambulancias, a la obligación de proveer equipos de protección individual (EPI) a todos los servicios de ambulancias de Castilla-La Mancha. tanto urgentes, como no urgentes”.

Con carácter inmediato

El Alto Tribunal castellanomanchego ha determinado que esta entrega debe de hacerse “con carácter inmediato” y ha dado un plazo de cumplimiento de 24 horas “para facilitar todo el material necesario para la protección de los trabajadores de los servicios de transporte sanitario terrestre”.

Entre otros materiales, deben de suministrarse al personal de las ambulancias mascarillas autofiltrantes FFP2 o FFP3, guantes y ropa de protección que cumplan la normativa estipulada y protectores oculares certificados “para asegurar la protección integral de los trabajadores sanitarios de transporte”, ha apuntado USO.

Y ha añadido que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancvha ha instado también “al cumplimiento del protocolo de limpieza de la ropa de trabajo, de tal forma, que se deposite la ropa susceptible de ser contaminada en un depósito seguro en la base de trabajo, para su posterior recogida y limpieza por la empresa concesionaria, según establece la normativa”.

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