La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la sociedad concesionaria de la autopista de peaje Madrid-Toledo, que reclamaba la resolución del contrato de concesión –que se adjudicó en 2004- por considerar alterados sustancialmente los elementos del mismo debido a que no se ha realizado la autopista Toledo-Ciudad Real-Córdoba, cuya entrada en servicio se especulaba simultánea a la anterior.
Dicha reclamación fue realizada por la concesionaria, que está integrada por Corsán-Corviam SA, Comsa SA, Azvi SA, Construcciones Sánchez-Domínguez Sando SA y Banco Espirito Santo. No obstante, antes de efectuar la reclamación, la sociedad concesionaria había reclamado un reequilibrio económico-financiero de la concesión derivado de la no construcción de la autopista Toledo-Córdoba, proyecto que quedó aparcado tras un informe medioambiental contrario emitido en 2007.