Tras seis años litigando, la conocida popularmente como ‘madre coraje’, la talaverana Susana Guerrero, ha conseguido la custodia de su hija Nayara tras el auto emitido por el Tribunal Supremo.
En declaraciones a Europa Press, la talaverana, que desde hace unos años reside en Canarias, motivo por el cual se incumplieron los regímenes de visitas, ha manifestado que “hoy es un día grande” “ya no me importan las persecuciones” que dice haber recibido en el Juzgado de Talavera y que su “dura lucha” ha servido para no entregar a su hija a “un maltratador y abusador”. En este sentido cabe recordar que Susana declaró en sede judicial que el progenitor, F.M., estuvo en prisión por abusar de ella misma cuando tenía 13 años, fue condenado por violencia de género y que le denunció por presuntos abusos sexuales a la hija de ambos.
Unos argumentos que en los juzgados talaveranos, concretamente en el de Primera Instancia e Instrucción número 5, no prevalecieron porque la jueza dictaminó que esos presuntos abusos constituían una denuncia falsa y que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) que sufrió el padre al no poder ver a su hija tras el ‘exilio’ canario de la madre, era determinante para entregar la custodia de Nayara a su progenitor.
Nada que ver con la resolución de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo que calificó de “incongruente” basar la custodia a favor del padre por el SAP cuando la jueza talaverana, dice, debería haber tenido en cuenta el simple incumplimiento del régimen de visitas y los constantes cambios de domicilio y de colegio que suponen desequilibrio emocional, quedando probado, además, que tanto la madre como la abuela pusieron en contra de su padre a la menor, lo que no es óbice para cambiar la guarda y custodia de la pequeña.
Recursos del progenitor
Contra esa decisión de la Audiencia el padre presentó un recurso de casación y otro extraordinario por infracción procesal pero la corte Suprema no los ha admitido.
El Supremo considera que el recurso de casación se fundamenta en que el interés de la menor no habría quedado suficientemente salvaguardado, cuando estiman que los “hechos probados” presentados por parte de Susana Guerrero se fundamentan en la “necesidad de apartarle de una situación de riesgo para de desarrollo personal y emocional” y prevaleciendo siempre el interés de la menor.