La Junta Local de Gobierno tomó conocimiento y autorizó la firma del convenio entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades y el Ayuntamiento de Talavera para la prestación de servicios sociales de atención primaria en el marco del Plan Concertado 2017.
El convenio, que se viene desarrollando desde el 1 de enero, comprende la contratación de diferente personal entre educadores, trabajadores sociales y de ayuda a domicilio. En personal se financia el trabajo de 5 educadores y 9 trabajadores sociales, de los que la Junta aportaría 220.039 euros y el Ayuntamiento 180.032 euros, mientras que para la ayuda a domicilio la Junta se haría cargo de 577.614 euros y el Ayuntamiento de 182.404 euros, es decir, alrededor del 40 por ciento, como corresponde a los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes.
Parte de estas cifras las ha ido adelantando el consistorio talaverano por lo que la portavoz del equipo de Gobierno, María Rodríguez, ha manifestado que espera que la firma del convenio correspondiente a este año “se materialice cuanto antes” y el gobierno regional abone al Ayuntamiento la parte que le corresponde “para desahogar a la administración local que ha adelantado los pagos durante estos ocho meses, “que han supuesto un esfuerzo para las arcas municipales”.
¿Patinazo o partidismo o convenio excepcional?
En este sentido cabe señalar que desde este año la Consejería de Bienestar Social ha facilitado la firma del convenio de forma telemática por lo que en un solo clic es posible adherirse al mismo por espacio de seis años y cuatro más prorrogables, mientras que la prestación de ayuda a domicilio se actualizará a la finalización de cada ejercicio.
En cuanto a la forma de pago, el primer libramiento, del 40 por ciento inicial de la aportación de la Consejería durante 2017, se realizará de forma anticipada tras la suscripción del convenio. El 60 por ciento restante de la aportación de la Consejería, se dividirá en seis libramientos de carácter mensual y de igual cuantía, que se pagarán de forma anticipada, sin necesidad de justificación previa, a partir del mes siguiente al del cobro del primer anticipo.