El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Toledo ha anulado -a instancias de CCOO- las bases elaboradas por el Ayuntamiento de Quismondo, en agosto de 2015, para regular el proceso selectivo para la provisión mediante concurso de dos plazas temporales de limpiador del colegio público de la localidad.
El magistrado da la razón al sindicato por tres motivos: la valoración, como mérito de los candidatos, del hecho de estar empadronados en Quismondo; la inclusión en el proceso de selección de una entrevista de carácter personal, que además es el mérito que se valora con mayor puntuación (siete puntos, tantos como todos los demás juntos); y la ilegal composición del tribunal calificador.
Por todo ello, la sentencia estima el recurso de CCOO, anula la resolución del Ayuntamiento de Quismondo por la que se aprobaron las bases de regulación del proceso de selección para cubrir de forma temporal las dos plazas de limpiador/a del colegio público, y condena al pago de las costas judiciales al ayuntamiento, que podrá recurrir en apelación ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.