El Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la ley que modificaba la jornada de trabajo de los empleados públicos de Castilla-La Mancha, por lo que rechaza la iniciativa del Gobierno regional de que éstos recuperen las 35 horas de semanales.
En la sentencia se estima el recurso promovido por el presidente del Gobierno contra al artículo 1 de la Ley de Castilla-La Mancha 2015 que recogía la vuelta a las 35 horas semanales y modificaba la ley de medidas complementarias para la aplicación del plan de garantías de los servicios sociales, que estipulaba que la jornada laboral de los empleados públicos de la región pasaba a ser de 37,5 horas semanales.
La sentencia, fechada el 22 de septiembre, ha contado con el voto particular del magistrado Fernando Valdés Dal Ré al que se han adherido la vicepresidenta del tribunal Adela Asúa y el magistrado Juan Antonio Xiol.
En los fundamentos jurídicos, entre otros, la sentencia considera que fijar en 35 horas semanales la jornada general de trabajo de tres tipos de personal del sector público autonómico contradice la jornada general de trabajo mínima de 37,5 horas semanales del sector público, incluido el personal estatutario, establecida en los Presupuestos Generales del Estado de 2012.