sábado, 20 abril 2024
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El TSJCM anula la sentencia por un asesinato en Mora y ordena repetir el juicio

El presunto asesino ofreció sus muñecas para que le esposara el agente de la Guardia Civil.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha estimado el recurso del condenado por asesinato a su mujer en Mora, afectada de la enfermedad de Menier, y ha anulado la sentencia del juicio con jurado, al tiempo que ha ordenado su repetición con nuevos jurados y magistrado-presidente.

Según ha informado el TSJCM y recoge la sentencia de apelación, ante la que no cabe recurso de casación, la sentencia recurrida condenaba al acusado, por unanimidad del jurado, a prisión permanente revisable por un delito de asesinato con las circunstancias agravantes de ser la víctima una persona especialmente vulnerable por su enfermedad y discapacidad, la agravante de parentesco y la agravante de género.

La Sala ha tenido en cuenta la falta de motivación por parte del jurado en dos de los puntos del objeto del veredicto, uno de los motivos por el que el condenado ha pedido la nulidad de la sentencia.

El número cinco del objeto del veredicto dice que debido a la convivencia durante 11 años entre la víctima y su asesino, “ella no podía esperar que su marido le atacase hasta causarle la muerte”, y el jurado ha sostenido está afirmación en los testimonios de los familiares de la víctima que decían que no habían observado nada que les hiciera sospechar ese desenlace.

Sin embargo, el jurado no explica los elementos de convicción o qué pruebas valoran o tienen en cuenta para llegar a dicha conclusión y la Sala lo ha tenido en cuenta.

Respecto al otro punto, el sexto del objeto del veredicto, el jurado argumenta que “el acusado en alguna ocasión demostró actitudes machistas dirigidas a las mujeres del núcleo familiar, siendo estas verbales y en una ocasión física (a su mujer), no realizando estas conductas a los hombres de la familia”.

La defensa del acusado

La defensa del acusado argumenta en la apelación que en este punto tampoco explica el jurado en qué elementos de convicción o digilencias basan dicha conclusión y la Sala ha considerado que “no existe la mínima motivación legalmente exigida”.

No obstante, el condenado ha impugnado la sentencia por otra serie de motivos que sin embargo han sido rechazados, como el quebrantamiento de normas y garantías procesales que le causaron indefensión, ya que solicitó que se incluyera en el objeto del veredicto la referencia a que si la víctima tuvo tiempo o la posibilidad de tener auxilio de terceros o avisar a la Guardia Civil.

Otro de los motivos alegados es la vulneración del principio acusatorio porque se declararon probados hechos que no fueron objeto de acusación en relación a la agravante de alevosía, del tipo convivencial, pero en los escritos de las acusaciones no se hace referencia a que la víctima no esperase el ataque por sus 11 años de convivencia.

En opinión de la defensa del acusado, el veredicto del jurado carece de la motivación necesaria y exigible para que pueda tenerse por desvirtuado el derecho a la presunción de inocencia y lo achaca al poco tiempo que estuvo deliberando, en el que considera que no le dio tiempo a analizar todas las pruebas aportadas.

También ha alegado que no se ha aplicado la atenuante de confesión que el jurado declaró probada por unanimidad al tener en cuenta que cuando el acusado fue requerido por la Guardia Civil, que entró en su dormitorio en el que se había meditado tras matar a su esposa, juntó las muñecas ofreciéndoselas al agente para que lo esposara.

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