La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Toledo, ha decretado medidas especiales nivel 3 en Sonseca y Pulgar y prorroga las medidas ya existentes en Santa Olalla, El Casar de Escalona y Malpica de Tajo.
En Pulgar, durante las semanas epidemiológicas 37 y 38 se han declarado en el municipio de Pulgar un total de 48 casos de Covid-19.
En Sonseca, durante las semanas epidemiológicas 37 y 38 se han declarado un total de 70 casos de Covid-19.
Por tanto, a partir de este viernes en Sonseca y Pulgar se procede al cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Asimismo, se suprime el servicio en interior de locales cerrados de establecimientos de hostelería y restauración.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Centros sociosanitarios
Respecto a los centros sociosanitarios, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta.
Al reingreso, deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos, no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.
Actividades religiosas
Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Se restringe, igualmente, el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
Se suspenden las actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
También se procede a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura e idiomas) y a la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Además se decreta el cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos.
Hoteles, piscina y mercadillos
Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
Se procede también al cierre de la piscina municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad, así como la supresión de espectáculos taurinos.
Se procede a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.
Se decreta el cierre cautelar de parques y jardines. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.
Todas estas medidas se aplicarán durante 14 días a partir de su publicación, pudiendo prorrogarse hasta 28 días en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.