viernes, 26 abril 2024
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Sentencia contra el Ayuntamiento de Pantoja sobre el trabajo en el estado alarma

Ayuntamiento de Pantoja.

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO ha obtenido una sentencia contra el Ayuntamiento de Pantoja (Toledo) que pretendía hacer recuperar a los empleados municipales las horas relativas al estado de alarma.

A instancias de CCOO, el juzgado de lo Social número 1 de Toledo ha declarado “no ajustada a derecho” la Resolución de dicho consistorio de fecha 12 de junio de 2020, así como los acuerdos individuales de recuperación remitidos a los trabajadores, ha informado el sindicato este sábado.

La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJC-M, admite en sus fundamentos de derecho que caben “dudas interpretativas y doctrinales” respecto a la aplicación o no, al personal laboral de las entidades locales, del Real Decreto-Ley 10/2020, emitido por el Gobierno de España el 29 de marzo pasado para regular un “permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales” del 30 de marzo al 9 de abril.

En este sentido, señala que, de una primera lectura del Real Decreto-Ley se desprende que para los empleados públicos existe un régimen jurídico específico que deberán concretar cada una de las administraciones con relación a su personal, no resultando de aplicación el decreto.

Enrique Clavero.

Personal municipal

Y en esta misma línea, la sentencia también recoge la Instrucción emitida por la FEMP, tras consultar al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, según la cual “el ámbito de aplicación del RD no incluye al personal de la Administración Local”.

Con todo, la sentencia del Juzgado de lo Social de Toledo subraya que “lo que no ofrece ningún género de dudas es la falta de apoyo legal, convencional o de cualquier otro tipo que ampare la actuación del Ayuntamiento de Pantoja referida a la recuperación de horas no trabajadas desde el 16 de marzo al 29 de marzo y del 10 de abril al 30 de abril o fecha de reincorporación plena del personal laboral de la administración local”.

CCOO-Toledo valora esta sentencia, que “es de las primeras, si no la primera, en juzgar esta cuestión, y que vuelve a evidenciar el compromiso de CCOO en defensa de los derechos del personal de las administraciones públicas y la capacidad del sindicato y de sus servicios jurídicos para luchar con eficacia contra los posibles recortes”, ha destacado el secretario provincial de CCOO-FSC, Enrique Clavero.

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